Están prohibidas las siguientes sustancias y sus factores de liberación:

1. Eritropoyetina (EPO);
2. Hormona de Crecimiento (hGH), Factores de Crecimiento análogos a la
Insulina (p. ej., IGF-1), Factores de Crecimiento Mecánicos (MGF);
3. Gonadotrofi nas (por ejemplo, LH, hCG), prohibidas sólo para hombres;
4. Insulinas;
5. Corticotrofi nas.

A menos que el Deportista pueda demostrar que la concentración se debió a una
condición fi siológica o patológica, se considerará que una Muestra contiene una
Sustancia Prohibida (tal y como fi guran más arriba) cuando la concentración de la
Sustancia Prohibida, o de sus metabolitos y/o índices o marcadores pertinentes, en
la Muestra del Deportista supere los valores que se encuentran normalmente en el
organismo humano de forma que sea improbable que correspondan a una producción
endógena normal.

 
Si un laboratorio comunica, utilizando un método analítico fi able adicional (p. ej.IRMS), de que la Sustancia Prohibida es de origen exógeno, se considerará que la Muestra contiene dicha Sustancia Prohibida y que se trata de un Resultado Analítico Adverso.